De conformidad con la reforma al artículo 140 del Código Fiscal de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 2004, las notificaciones por edictos se harán mediante publicaciones durante tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación, por un día en un diario de mayor circulación y durante quince días consecutivos en la página electrónica que al efecto establezcan las autoridades fiscales, y contendrán un resumen de los actos que se notifican.
\r\nSe tendrá como fecha de notificación la de la última publicación en el Diario Oficial de la Federación o en la página electrónica citada, según sea el caso.
\r\nEn cumplimiento a la disposición legal citada, se notifica lo siguiente:
\r\nNombre del Contribuyente | \r\nAutoridad que Notifica | \r\nTipo de Documento | \r\nArchivos | \r\nFecha de Publicación | \r\n
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